No puedo pagar los impuestos de la herencia ¿Qué hago?
Enfrentarse al pago de los impuestos relacionados con una herencia, como por ejemplo el impuesto de sucesiones puede ser una tarea abrumadora, especialmente cuando no se dispone de los recursos financieros necesarios. Este impuesto, que se aplica a los bienes heredados, puede representar una carga significativa para los herederos, especialmente si se trata de propiedades de alto valor o si hay varios herederos involucrados. Si te encuentras en una situación donde no puedes pagar los impuestos derivados de tu herencia, aquí te presentamos una solución poca conocida pero muy efectiva y que te da la posibilidad de sacar partido económico a tu futura herencia, y es vender tus derechos hereditarios.
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¿Qué es el impuesto de sucesiones?
El impuesto de sucesiones es un tributo que deben pagar los herederos por recibir bienes de una persona fallecida. La cantidad a pagar varía según el valor de los bienes heredados y la relación del heredero con el fallecido. Este impuesto puede ser considerablemente alto, dependiendo de las leyes fiscales de cada comunidad autónoma. Por lo tanto, es muy común que muchas familias no tengan el dinero suficiente para hacer frente a este impuesto y poder adjudicarse los bienes.
Cómo se calcula el impuesto de sucesiones y donaciones
Para facilitar la explicación, vamos a poner un ejemplo en el que heredas únicamente un inmueble que tiene un valor de 300.000 € en la comunidad de Madrid y esta herencia la has obtenido de tu hermano fallecido, vamos a ver un cálculo simplificado y aproximado.
- Valor de la propiedad heredada: 300.000 €
- Reducciones aplicables: En la Comunidad de Madrid, los hermanos pertenecen al Grupo III de herederos. Para el Grupo III (hermanos, sobrinos, etc.), no hay reducciones específicas por parentesco como en el caso de los descendientes directos.
- Base imponible: 300.000 €
- Aplicación de la tarifa del impuesto: El tipo impositivo varía según la base imponible y el grado de parentesco. Aquí están los tramos para herederos del Grupo III en la Comunidad de Madrid:
Base Imponible (€) | Tipo Impositivo (%) | Cuota Íntegra (€) |
---|---|---|
0 - 7.993,46 | 7,65 | 0 |
7.993,46 - 15.980,91 | 8,5 | 611,50 |
15.980,91 - 23.968,36 | 9,35 | 1.290,43 |
23.968,36 - 31.955,81 | 10,2 | 2.037,26 |
31.955,81 - 39.943,26 | 11,05 | 2.851,98 |
39.943,26 - 47.930,72 | 11,9 | 3.734,70 |
47.930,72 - 55.918,17 | 12,75 | 4.685,41 |
55.918,17 - 63.905,62 | 13,6 | 5.704,12 |
63.905,62 - 71.893,07 | 14,45 | 6.790,83 |
71.893,07 - 79.880,52 | 15,3 | 7.945,53 |
79.880,52 - 119.757,67 | 16,15 | 9.168,23 |
119.757,67 - 159.634,83 | 18,7 | 15.606,22 |
159.634,83 - 239.389,13 | 21,25 | 23.063,25 |
239.389,13 - 398.389,13 | 25,5 | 44.746,87 |
398.389,13 - 797.555,17 | 29,75 | 82.665,08 |
> 797.555,17 | 34 | 174.276,34 |
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Para 300.000 € el cálculo sería de la siguiente manera:
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La base imponible (300.000€) está en el tramo 239.389,13 - 398.389,13, con un tipo del 25,5%.
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Cuota íntegra para el tramo anterior (239.389,13€): 44.746,87€
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Diferencia hasta la base imponible: 300.000€ - 239.389,13€ = 60.610,87€
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Cuota por el exceso (25,5% de 60.610,87€): 60.610,87€ * 0.255 = 15.155,77€
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Total cuota: 44.746,87€ + 15.155,77€ = 59.902,64€
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Bonificaciones
Para los herederos del Grupo III (hermanos), la Comunidad de Madrid ofrece una bonificación del 15% en la cuota íntegra del impuesto.
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Cuota a pagar después de la bonificación (15%): 59.902,64€ * 0.85 = 50.917,24€
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Resultado final
En resumen, si heredas una propiedad valorada en 300.000€ en la Comunidad de Madrid, y eres un hermano del fallecido, después de aplicar la bonificación del 15%, deberías pagar aproximadamente 50.917,24€ en concepto de impuesto de sucesiones.
Nota importante: Esto es un cálculo aproximado y simplificado, con el objetivo de ayudarte a hacerte una idea de las cantidades que tendrías que pagar por heredar un inmueble.
¿Qué pasa si no pago el impuesto de sucesiones?
Cada heredero es responsable del pago del impuesto de sucesiones correspondiente a la parte de la herencia que le ha sido adjudicada. Si no se abona el impuesto en el plazo establecido, se aplicarán recargos que van del 5% al 20% sobre la deuda. Pagar el impuesto y los intereses en este momento evitará sanciones adicionales. Sin embargo, si persiste el incumplimiento, además del recargo, se impondrá una sanción por infracción tributaria basada en la cuota defraudada. Al recibir una herencia, también se asumen obligaciones fiscales inherentes, y el incumplimiento de estas conlleva consecuencias económicas significativas.
Desde luego esta no es una opción recomendable, lo que sí te aconsejamos es que te pongas en contacto con nosotros para estudiar tu caso en profundidad, en una breve llamada te podremos dar más claridad para tu situación en particular.

Vender la propiedad antes de pagar el impuesto de sucesiones y donaciones (ISD)
Este planteamiento suele ser una de las primeras ideas que se nos ocurre si nos encontramos en la situación de querer aceptar una herencia pero no disponemos del dinero necesario para hacer frente a los pagos de impuestos, como el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal.
Sin embargo, esto desafortunadamente no es posible. En el registro de la propiedad no se permite hacer ningún cambio hasta que los impuestos relacionados con la herencia hayan sido pagados. Por este mismo motivo, tampoco se podría encontrar un comprador para el inmueble, ya que en la nota simple seguirían apareciendo los datos del fallecido.
¿Qué opciones tengo si no puedo pagar los impuestos de mi herencia?
Como vimos al principio, la gran mayoría de las personas que están en esta situación piensan que la única salida es renunciar a la herencia. Pero hay una solución mucho mejor, por la cual puedes obtener un beneficio económico, y así pasar de tener que pagar una cantidad de dinero (probablemente elevada) en impuestos, a recibir dinero de una forma fácil y rápida. Esta opción es vender la parte de tu casa heredada a un tercero, como por ejemplo una empresa que compre herencias o proindivisos. Nosotros podemos presentarte una oferta en un plazo de 24 a 48 horas en función del valor de los bienes, y ahí ya valorar qué es lo que más te conviene.
Preguntas frecuentes sobre qué hacer si no puedes pagar el impuesto de sucesiones
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¿Qué pasa si no puedo pagar el impuesto de sucesiones a tiempo?
Si no pagas el impuesto de sucesiones a tiempo, enfrentarás recargos que pueden variar del 5% al 20% de la deuda. Además, si no regularizas la situación, podrías incurrir en una infracción tributaria con sanciones adicionales.
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¿Puedo vender la propiedad heredada antes de pagar el impuesto de sucesiones?
No, no puedes vender la propiedad antes de pagar el impuesto de sucesiones porque el registro de la propiedad no permitirá ningún cambio hasta que los impuestos hayan sido pagados. La propiedad seguirá registrada a nombre del fallecido.
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¿Cómo puedo financiar el pago del impuesto de sucesiones si no tengo suficiente dinero?
Puedes considerar opciones como solicitar un préstamo personal, una hipoteca sobre la propiedad heredada, o una financiación específica para el pago de impuestos de sucesión.
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¿Qué sucede si no pago el impuesto de sucesiones en absoluto?
Si no pagas el impuesto de sucesiones, además de los recargos iniciales, te enfrentarás a sanciones por infracción tributaria. Eventualmente, la Agencia Tributaria puede tomar acciones legales para recuperar la deuda.
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¿Puedo solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago del impuesto de sucesiones?
Sí, puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago del impuesto de sucesiones. Esto te permitirá pagar en cuotas, aunque se aplicarán intereses sobre la deuda pendiente.
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¿Qué alternativas tengo si no puedo pagar el impuesto de sucesiones?
Puedes explorar opciones como vender otros activos, solicitar un préstamo, negociar con los otros herederos para repartir el pago o, en casos extremos, renunciar a la herencia.
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¿Qué debo hacer si heredo una propiedad pero no puedo pagar el impuesto de sucesiones?
Debes evaluar todas las opciones financieras disponibles, incluyendo préstamos y fraccionamientos de pago. También puedes considerar vender tu parte de la herencia a un tercero si es posible.
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¿Cómo afecta el no pagar el impuesto de sucesiones a la propiedad heredada?
Si no pagas el impuesto, no podrás registrar la propiedad a tu nombre, lo que impide venderla o disponer de ella legalmente. La propiedad seguirá a nombre del fallecido en el registro.
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¿Qué recargos aplican por pagar tarde el impuesto de sucesiones?
Los recargos por pago tardío del impuesto de sucesiones pueden variar entre el 5% y el 20% de la cantidad adeudada, dependiendo del retraso en el pago.
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¿Puede la Agencia Tributaria embargar mis bienes por no pagar el impuesto de sucesiones?
Sí, la Agencia Tributaria puede embargar tus bienes si no pagas el impuesto de sucesiones. Esto puede incluir cuentas bancarias, salarios y otros activos para recuperar la deuda pendiente.